En un fallo de tutela, el Tribunal Superior de Bogotá decidió ordenar a los candidatos Rodolfo Hernández y Gustavo Petro, «que dentro del término de 48 horas a la notificación se realice un debate presidencial con las reglas y los temas que estos señale en la solicitud”.

La perentoria orden la impartió al tutelar el derecho fundamental de participar en la confrontación del poder político consagrado en el artículo 40 de la Constitución política.
En la providencia, los magistrados del Tribunal precisan que «los debates presidenciales son en sí mismos considerados, un derecho del candidato para exponer sus ideas, pero al mismo tiempo un deber frente al conglomerado social».
La acción de tutela fue interpuesta por Jorge Luis Bedoya, Whenddy Vanessa Mahecha Carvajal, Alcides Enrique Arrieta Cueto, Jaime Mejía López, Laura Marcela Mosquera Giraldo, Catalina Del Pilar Sánchez Daniels y Luis Mauricio Urquijo Tejada.
Lo hicieron porque ambos aspirantes presidenciales decidieron no acudir a este tipo de confrontación. Hernández fue el más reacio a presentarse en un debate.
Al efecto invocaron el artículo 40 de la Constitución Nacional, el cual precisa:
«Todo ciudadano tiene derecho a participar en la conformación, ejercicio y control del poder político. Para hacer efectivo este derecho puede:
1. Elegir y ser elegido.
2. Tomar parte en elecciones, plebiscitos, referendos, consultas populares y otras formas de participación democrática.
3. Constituir partidos, movimientos y agrupaciones políticas sin limitación alguna; formar parte de ellos libremente y difundir sus ideas y programas.
4. Revocar el mandato de los elegidos en los casos y en la forma que establecen la Constitución y la ley.
5. Tener iniciativa en las corporaciones públicas.
6. Interponer acciones públicas en defensa de la Constitución y de la ley.
7. Acceder al desempeño de funciones y cargos públicos, salvo los colombianos, por nacimiento o por adopción, que tengan doble nacionalidad. La ley reglamentará esta excepción y determinará los casos a los cuales ha de aplicarse.
Las autoridades garantizarán la adecuada y efectiva participación de la mujer en los niveles decisorios de la Administración Pública».
La respuesta de Petro:



