Según el Departamento Nacional de Planeación el plan de desarrollo de es un instrumento de planificación que orienta las acciones de la administración durante un período de gobierno. Aquí se consigna la visión, los programas, proyectos y metas de desarrollo asociados a los recursos públicos que se van a ejecutar durante 4 años con 4 presupuestos. Este documento contiene un diagnóstico, la parte estratégica y el plan de inversiones. Es el producto de la planeación que debe seguir todo municipio para disminuir riesgos e incertidumbre en la gestión administrativa.
Se trata del programa de gobierno que el candidato y hoy alcalde electo presentó a consideración del pueblo y por el cual obtuvo su triunfo electoral, pues se supone que la gente votó por ese programa de gobierno y que servirá de ruta para la ejecución de las obras que la comunidad reclama, convirtiéndose además en una herramienta de gestión que posteriormente será evaluada para una posible revocatoria del mandato.
Su elaboración está sujeto a una guía que suministra Planeación Nacional con fundamento en la Ley 152 de 1994, para lo cual debe conformar un grupo de trabajo en cabeza del secretario de planeación, tomando como soportes los informes de gestión y de ejecución de la administración saliente así como el programa de gobierno, para ir ajustándolo a la realidad social y financiera del ente territorial y de las probabilidades de financiación contando con los recursos propios, de crédito, de transferencias y de gestión de proyectos ante los organismos nacionales o internacionales.
El paso siguiente es conformar el Consejo Territorial de Planeación con el propósito que rinda las recomendaciones técnicas que considere conveniente, para lo cual contará con un plazo de 2 meses a partir de la fecha de posesión del alcalde.
Posteriormente este documento se convertirá en un proyecto de Acuerdo que debe ser presentado a consideración del Concejo Municipal para su aprobación, dentro de los 4 primeros meses de la nueva administración, para convertirlo así en el Plan de Desarrollo Municipal.
Se aclara que el Concejo Municipal no podrá realizar cambios sustanciales a este documento, pues se trata del programa de gobierno que el alcalde presentó como candidato a consideración de la comunidad, quien escogió su programa y por el cual fue elegido. Todo cambio debe contar con el visto bueno del alcalde.



