La Contraloría General de Risaralda, culminó ejercicio de auditoría practicado a la Empresa Lotería de Risaralda – EICE -, gerencia por Hermán Calvo, arrojando como resultado veinte (20) hallazgos administrativos, ocho (8) de los cuales tienen presunto alcance disciplinario, cuatro (4) con presunto alcance fiscal, dos (2) con presunto alcance administrativo sancionatorio, igualmente con traslado a la Contaduría General de la Nación – CGN – y al Consejo Departamental de Archivo.
CONCEPTO SOBRE FENECIMIENTO DE LA CUENTA
Teniendo como base la calificación 73,8 puntos sobre 100, obtenida de la aplicación de la matriz de evaluación fiscal, la Contraloría General del Risaralda NO FENECE la cuenta de la Lotería de Risaralda para la vigencia fiscal 2016, tal como se detalla en la siguiente tabla:

CONTROL DE GESTION
La Contraloría Departamental conceptúa como DESFAVORABLE el Control de Gestión de la Lotería de Risaralda en la vigencia 2016, al haber obtenido una calificación de 79,2 puntos sobre 100, resultante de ponderar los factores que se relacionan a continuación:

CONTROL DE RESULTADOS
La Contraloría Departamental como resultado de la auditoría adelantada, conceptúa como FAVORABLE, el Control de Resultados de la Lotería de Risaralda en la vigencia 2016, al haber obtenido una calificación de 86,3 puntos sobre 100, resultante de ponderar el factor que se relaciona a continuación:

CONTROL FINANCIERO Y PRESUPUESTAL
La Contraloría Departamental como resultado de la auditoría adelantada, conceptúa como DESFAVORABLE el Control Financiero y Presupuestal de la Lotería de Risaralda en la vigencia 2016, al haber obtenido una calificación de 41.7 puntos sobre 100, resultante de ponderar los factores que se relacionan en la siguiente tabla:

Herman Calvo, gerente Lotería de Risaralda
OPINION SOBRE LOS ESTADOS CONTABLES
La Contraloría Departamental se ABSTIENE DE EMITIR OPINION SOBRE LA RAZONABILIDAD DE LOS ESTADOS FINANCIEROS de la Lotería del Risaralda en la vigencia 2016. Al respecto se hace la salvedad de que debido a que la entidad no suministró la información requerida, libros principales, libros auxiliares o registros contables en hojas de trabajo, correspondiente a la información financiera llevada para todos los efectos, bajo el Nuevo Marco Normativo anexo a la Resolución N°414 de 2014, por corresponder la vigencia evaluada al período de aplicación plena, fue imposible obtener evidencia suficiente y adecuada para la verificación y comprobación de la razonabilidad de los registros y saldos de las cuentas presentadas en los estados financieros comparativos con corte 31 de diciembre del año 2016.
CONCEPTOS GENERALES SOBRE LA ENTIDAD
En el ejercicio de control fiscal se detectaron deficiencias de orden administrativo, financiero, contable, contractual y organizacional, según se resume a continuación:
Organización interna
Manual específico de funciones y competencias laborales desactualizado, falta de conformación y puesta en funcionamiento de la comisión de personal, estatuto de contratación y manual de supervisión e interventoría desactualizados.
Procesos de control administrativo
Irregularidades en el manejo presupuestal y financiero, deficiencias en los estudios previos y/o de conveniencia, deficiencias en el proceso de supervisión, debilidades en el proceso de archivo documental.
Rendición de cuentas
Deficiencias en la rendición de cuentas en el SIA observa y SIA misional, omisión en la publicación de la contratación en el SECOP acorde con los lineamientos legales establecidos.
Pagos sin soportes legales válidos
Cancelaciones con base en soportes contractuales no autorizados por normas y/o mandamiento legal, con incidencia fiscal.
En materia contable Inefectividad del sistema de control interno contable y diferencias en las cuentas por cobrar por QUINIENTOS DOCE MILLONES OCHOCIENTOS NUEVE MIL PESOS ($ 512.809.000).



