Pese a que la Fiscalía solicitó la medida de aseguramiento restrictiva de la libertad en establecimiento carcelario para Sebastián Grajales Rivera, por tener en su domicilio más de 1.034 gramos de marihuana, la judicatura no la consideró procedente y le otorgó la detención domiciliaria, sumada a otras sanciones entre ellas pecuniarias.
A Grajales Rivera, quien fue detenido mediante allanamiento por las autoridades en una casa del barrio Santa Rita de Pereira (Risaralda), le hallaron 330 dosis de marihuana tipo cripa y la suma de $2 329 000, al parecer, producto de la venta del estupefaciente.
Según el informe ejecutivo de policía judicial, expuesto por el ente acusador durante la audiencia de control de garantías, gracias a una fuente humana se pudo establecer que en ese lugar se almacenaba droga, presumiblemente para vender en los expendios ubicados en la Avenida del Río y el barrio Parque industrial de la ciudad.
Las informaciones recolectadas por los investigadores dan cuenta que allí un hombre conocido con el alias del Castor en compañía de su esposa, guardaba la droga, actividad ilícita de la cual vivirían, pues no se les conocía algún trabajo estable o actividad económica, ya que siempre estaban en la casa. Sólo se observaba cuando salían a recibir aparentemente la mercancía, camuflada en otros productos.
El joven no aceptó los cargos imputados de tráfico, fabricación y porte de estupefacientes como autor a título de dolo, verbo rector conservar, y fue beneficiado con medida domiciliaria, además de pagar antes de 30 días una fianza por $500 mil a favor del Consejo Seccional de la Judicatura y una medida no privativa consistente en mostrar buena conducta persona, social y familiar.
La Fiscalía URI sustentó la solicitud de medida en centro carcelario al considerar representaba un peligro para la comunidad y sus dos hijos, teniendo en cuenta que en la casa residen los menores de edad, poniendo en riesgo su integridad por tener un contacto directo con el estupefaciente.
Señaló que sin duda es un delito que no se puede ejercer solo, por lo que existiría una cadena que involucra a varias personas, que a su vez harían parte de una organización delincuencial que depositó la confianza en el procesado, pues no a cualquiera se le da la posibilidad de custodiar la droga y en su residencia. No obstante, el Juzgado 5° Penal Municipal, con funciones de control de garantías de profirió la decisión antes enunciada.