Gobierno y Farc definen que delitos no serán amnistiables
RAM / Los delitos en los que las mujeres se han visto afectadas de manera específica y grave, como el acceso carnal violento y otras formas de violencia sexual, así como la sustracción de menores de edad, el desplazamiento forzado y el reclutamiento de niños y niñas, no serán amnistiables.
Así quedó claramente establecido en el pacto entre gobierno y las Farc en La Habana, sobre Enfoque de género en los Acuerdos para la Finalización del Conflicto Armado, en el cual las partes dispusieron que en la implementación del Acuerdo General y en el desarrollo de los programas de construcción de la paz, hombres, mujeres, homosexuales, heterosexuales y personas con identidad diversa, participen y se beneficien en igualdad de condiciones.
En este contexto, las delegaciones decidieron que, para evitar la impunidad frente a los delitos contra mujeres, niños y diversidad sexual, se creará en la Jurisdicción Especial Para la paz un grupo de investigadores única y específicamente para investigar los crímenes y delitos contra estos sectores de población del país.
Además, en el punto sobre desarrollo Agrario Integral, se consigna la obligatoriedad de incluir a las mujeres, en igualdad con los hombres, para acceder a la tierra, a la propiedad y a los créditos.
Igualmente, en el tema de Participación en Política, se precisa que existirá “una protección integral para ellas, para sus hijos y garantizar que no sean estigmatizadas”.
El siguiente es el ABC del Enfoque de género en los Acuerdos para la Finalización del Conflicto Armado:
La Mesa de Conversaciones instaló en septiembre del 2104 la Subcomisión de Género, conformada por mujeres y hombres de las delegaciones del Gobierno Nacional y de las Farc, quienes, con el apoyo de expertas nacionales e internacionales, se ocuparon de revisar los acuerdos e incorporar en ellos un enfoque de género.
Esta perspectiva es un tema de igualdad. No se trata de sobrevalorar poblaciones específicas, sino que en la implementación del Acuerdo General y en el desarrollo de los programas de construcción de la paz, hombres, mujeres, homosexuales, heterosexuales y personas con identidad diversa, participen y se beneficien en igualdad de condiciones.
Se trata de establecer medidas para garantizar que se superen las brechas sociales tradicionales que han marcado a la sociedad colombiana como desigual y estigmatizante.
La visión en materia de género va más allá de un cambio en el lenguaje, que debe ser incluyente y no sexista. Se trata de abordar de manera concreta en varios de los temas de los acuerdos, los problemas de fondo de las mujeres en el campo, en la participación política, en el impacto que tiene sobre ellas la violencia causada por el flagelo de las drogas ilícitas, de sus problemas como víctimas y de los riesgos que han enfrentado en el conflicto y los que podrán enfrentar en una etapa de post conflicto.
Perspectiva de género en cada uno de los puntos
Punto 1:” Hacía un nuevo campo colombiano: Reforma Rural Integral”.
Las mujeres rurales desempeñan un papel fundamental en la economía campesina. Sin embargo, no están en igualdad de condiciones con los hombres para la explotación y el desarrollo del campo.
Por esto se incluyeron medidas afirmativas para observar las necesidades específicas de las mujeres, como, por ejemplo: acceso especial de las campesinas al fondo tierras, al subsidio integral y al crédito especial para la compra de tierras.
Medidas específicas para lograr la formalización de la propiedad en igualdad de condiciones, representación equilibrada de hombres y mujeres en las instancias de alto nivel para la formulación de lineamientos generales de uso de la tierra.
Se privilegió también el acceso a proyectos de economía solidaria y se incluye una perspectiva de género en el plan nacional para la comercialización de la economía campesina, familiar y comunitaria, promoviendo la autonomía económica y la capacidad organizativa de las mujeres rurales.
Se contempló asesoría legal y formación especial para las mujeres sobre sus derechos y el acceso a la justicia, con medidas específicas para superar las barreras que dificultan el reconocimiento y protección de los derechos de las mujeres sobre la tierra.
En temas de educación se prevé el acceso a becas con créditos condonables e incremento progresivo de los cupos técnicos, tecnológicos y universitarios en las zonas rurales.
Punto 2: “Participación Política: hacía una apertura democrática para construir la paz”
Se introdujeron medidas para facilitar el ejercicio del derecho a la participación de las mujeres en las instancias que aborden el tema de garantías para la oposición; para facilitar el acceso y la efectiva interlocución con las autoridades de todo nivel; asistencia legal y técnica para la creación, promoción y el fortalecimiento de las organizaciones y movimientos sociales de mujeres, jóvenes y población LGBTI.
Protección especializada, individual, colectiva e integral para las mujeres elegidas popularmente y para las defensoras de derechos humanos y lideresas sociales, a partir de evaluaciones de riesgos específicas que consideren no sólo sus amenazas si no a su entorno, como hijos, padres y esposo.
Realización de una Campaña Nacional de Cedulación Masiva, con prioridad en las zonas marginadas de los centros urbanos y en las zonas rurales, particularmente en las más afectadas por el conflicto armado.
Punto 4: “Solución al problema de las Drogas Ilícitas”
En el Programa Nacional Integral de Sustitución -PNIS, se incorporará a las mujeres como sujetos activos de los procesos de concertación en la sustitución voluntaria, reconociendo su rol en los procesos de desarrollo rural. Además, se fortalecerá su participación y las capacidades de las organizaciones campesinas de mujeres rurales para el apoyo técnico, financiero y humano.
Para las mujeres que entren en los planes voluntarios de sustitución de cultivos de uso ilícito, se prevén medidas de atención inmediata para garantizar su sustento.
En relación con el consumo de drogas ilícitas, el programa nacional de intervención tendrá un enfoque diferencial y de género para que las acciones que se implementen en materia de consumo respondan a realidades de las consumidoras y los consumidores, y tengan en cuenta la relación entre el consumo de drogas ilícitas y la violencia de género, especialmente con la violencia intrafamiliar y la violencia sexual.
Punto 5: Víctimas
Para que la “Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la no Repetición”, evidencie las formas diferenciales en que el conflicto afectó a las mujeres, se acordó la creación de un grupo de trabajo de género que contribuya con tareas específicas de carácter técnico y de investigación, como la preparación de audiencias de género.
Dentro de la Unidad de Investigación y Acusación de la Jurisdicción Especial para la Paz – JEP, se contará con un equipo de investigación especial para casos de violencia sexual. Para estos hechos, se obliga a atender las disposiciones especiales sobre práctica de pruebas en la materia incluidas en el Estatuto de Roma.
En relación con los delitos en los que las mujeres se han visto afectadas de manera específica y grave, como el acceso carnal violento y otras formas de violencia sexual, así como la sustracción de menores de edad, el desplazamiento forzado y el reclutamiento de niños y niñas, se determinó que no serán amnistiables.
Para las víctimas de desplazamiento que viven fuera del país, se implementaran procesos colectivos de retornos con enfoque de género, que incluya su grupo familiar.