Corte Constitucional tumbó parte de la Ley ‘Ponce de León’

La sala plena de la Corte Constitucional tumbó un aparte de la ley “Natalia Ponce de León” que establecía penas de hasta 20 y 30 años de prisión para agresores con ácido, que se hayan declarado inimputables.

El pronunciamiento de la alta corte quiere decir que si el presunto agresor afirma padecer algún problema psicológico que no les permite ser conscientes de la gravedad de sus conductas, no podrá recibir una condena mayor al tiempo en el cual el enfermo se cure.

La ley tal como está, dice “el que cause a otro un daño en el cuerpo o en la salud, usando para ello cualquier tipo de agente químico (…) que generen destrucción al entrar en contacto con el tejido humano incurrirá en pena de prisión de 150 meses a 240 meses y multa de 120 a 250 salarios mínimos”

Añade que “cuando la conducta cause daño o deformidad, perdida parcial o total (…) la pena será de 251 meses a 360 meses de prisión. Si la deformidad afecta el rostro se aumentará hasta en una tercera parte. cuando se cobije con medida de seguridad, la duración de esta no podrá ser inferior a la pena establecida”.

 

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