En decisiones separadas pero con implicaciones similares, el Consejo de Estado anuló la personería jurídica de dos movimientos políticos liderados por figuras reconocidas del escenario nacional: Mauricio Lizcano y Juan Fernando Cristo.
La primera decisión afecta al partido Gente en Movimiento, fundado por el exministro de las TIC y precandidato presidencial Mauricio Lizcano. El alto tribunal concluyó que el movimiento no cumplía con los requisitos constitucionales para ser reconocido como partido político, al no alcanzar el umbral mínimo de votación ni demostrar una relación directa entre hechos de violencia y la imposibilidad de ejercer la política.
Lizcano calificó el fallo como “doloroso e injusto”, argumentando que desconoce el secuestro de su padre, Óscar Tulio Lizcano, y revictimiza a las víctimas del conflicto armado. A pesar del revés, aseguró que su candidatura presidencial sigue en firme, respaldada por más de 415.000 firmas ciudadanas.
La segunda decisión recae sobre el partido En Marcha, liderado por el exsenador y exministro del Interior Juan Fernando Cristo. Aunque la Corte Constitucional había ordenado revisar el caso por presunta vulneración al debido proceso, el Consejo de Estado ratificó la nulidad de la personería jurídica, al determinar que En Marcha no inscribió candidatos propios en las elecciones legislativas de 2022 y no podía contabilizar como propios los votos obtenidos por la coalición Alianza Verde Centro Esperanza.

Cristo calificó la decisión como un “desacato” a la Corte Constitucional y anunció que acudirá a todas las instancias legales para defender los derechos de su militancia.
Ambos fallos reafirman la exigencia constitucional de obtener al menos el 3 % de los votos válidos para acceder a la personería jurídica, y marcan un precedente sobre la rigurosidad en el reconocimiento de partidos políticos en Colombia.


