Congreso subsana vicios de trámite y mantiene intacta la reforma pensional

La plenaria de la Cámara de Representantes subsanó los vicios de procedimiento identificados por la Corte Constitucional en la reforma pensional (Ley 2381 de 2024), luego de negar las proposiciones que estaban pendientes de debate. Con esta decisión, el Congreso mantuvo sin modificaciones el texto originalmente aprobado.

La determinación responde a las exigencias establecidas por la Corte Constitucional en la Sentencia C-264 de 2026, que ordenó garantizar la deliberación democrática de las propuestas que no fueron discutidas ni votadas durante el trámite legislativo inicial.

Durante la sesión del 28 de octubre se debatieron y rechazaron las proposiciones relacionadas con los artículos 23, 36, 63, 84, 92 y 93. Entre los asuntos examinados estaban las semanas de cotización para mujeres con hijos, el tratamiento diferencial para comunidades étnicas y las disposiciones sobre conflictos de interés en las administradoras de fondos privados.

Con esta decisión, ninguna de las modificaciones propuestas prosperó y el articulado de la reforma pensional quedó sin cambios.

El expediente regresa a la Corte Constitucional

Una vez cumplida la etapa de subsanación, los informes y las actuaciones del debate regresarán a la Corte Constitucional, que deberá verificar si el Congreso cumplió integralmente las exigencias de deliberación ordenadas por el alto tribunal.

De recibir el aval definitivo, la reforma pensional comenzaría su vigencia general el primero de abril de 2027, de acuerdo con el calendario establecido en la ley.

Se mantienen los cuatro pilares del sistema

La reforma conserva su estructura de cuatro pilares: solidario, semicontributivo, contributivo y de ahorro voluntario.

El primero contempla una renta básica para adultos mayores en condiciones de pobreza y vulnerabilidad que no lograron pensionarse. El segundo está dirigido a quienes cotizaron, pero no alcanzaron los requisitos para obtener una pensión.

El pilar contributivo establece las reglas de cotización para los trabajadores, mientras que el de ahorro voluntario permite realizar aportes adicionales para incrementar los ingresos durante la vejez.

Aunque el Congreso superó esta etapa del procedimiento legislativo, todavía está pendiente el pronunciamiento definitivo de la Corte Constitucional. Además, el alto tribunal deberá continuar con el estudio de las demandas que cuestionan aspectos de fondo de la reforma, entre ellos su sostenibilidad financiera.

Por ahora, el futuro de la Ley 2381 de 2024 queda sujeto a la revisión de la Corte Constitucional.

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