Conozca los puntos clave para viajar a países de Europa sin visado

visaLuego de firmarse en la sede del Consejo Europeo en Bruselas (Bélgica), el acuerdo que eliminó el requisito de la visa a los colombianos que quieran visitar la Unión Europea, es preciso conocer algunos aspectos de interés sobre este tema.

Lo primero que se debe comprender, es que este es un acuerdo que permitirá a los ciudadanos colombianos viajar sin necesidad de Visa a 26 de los 28 países miembros de la Unión Europea, por un tiempo máximo de 90 días continuos o no dentro de un periodo de 180 días.

A continuación algunas preguntas para conocer los puntos clave de este acuerdo:

¿Desde cuándo aplica la exención de la visa con los 28 países de Europa?

La exención de la visa aplica al día siguiente de la firma del acuerdo, es decir a partir del 3 de diciembre de 2015.

¿Qué actividades permite el acuerdo de exención de visa?

El acuerdo le permite a los ciudadanos colombianos realizar visitas de corta estadía con fines de turismo, visitas a amigos o familiares, asistencia a eventos o intercambios culturales y deportivos, reuniones de negocios, cubrimientos periodísticos o de medios de comunicación, tratamientos médicos y estudios de corto plazo.

Atención: Ninguna de estas actividades puede superar una estancia de 90 días

Tenga en cuenta que la exención del visado con los 28 países de Europa no le permite:

Trabajar, buscar trabajo, radicarse, ni permanecer más de 90 días en un periodo de 180 días.

Visitar los territorios de Reino Unido y a Irlanda sin visado.

¿Es lo mismo la Unión Europea que el Espacio Schengen?

No. La Unión Europea está compuesta por 28 países. El Espacio Schengen, a su vez, está conformado por 26 países, 22 de ellos son miembros de la Unión Europea y otros cuatro asociados: Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza y no hacen parte de la Unión.

¿Bulgaria, Chipre, Croacia y Rumanía están incluidos en el Acuerdo?

Si. El acuerdo de exención de visa para colombianos aplica también para Bulgaria, Chipre, Croacia y Rumanía por ser países miembros de la Unión Europea aunque todavía no hacen parte de Espacio Schengen.

El período de estancia en estos cuatro estados no cuenta para calcular el periodo de estancia establecido en el Acuerdo con la Unión Europea. Así, el límite de 90 días se calcula individualmente para cada uno de estos cuatro estados.

¿Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza están incluidos en el Acuerdo?

Estos cuatro países no hacen parte de la Unión Europea y no están incluidos en el Acuerdo de exención de visa de corta estancia. Sin embargo, Colombia negoció con Suiza y Liechtenstein y a partir del 3 de diciembre permitirá el ingreso de los colombianos a su territorio sin necesidad de visa. Con Islandia y Noruega, nuestro país espera suscribir acuerdos bilaterales para que la exención de visado se haga extensiva allí.

¿Qué tipo de pasaporte se requiere para beneficiarse de la exención de la visa?

Un pasaporte de Lectura Mecánica o un Pasaporte Electrónico vigente y válido, como mínimo, tres meses después de la fecha prevista de salida del Espacio Schengen. Para conocer la vigencia de su pasaporte, consulte en la página de datos de su libreta la “fecha de vencimiento/date of expiry”.

¿En qué países se hará efectiva la exención de la visa?

El acuerdo se hace efectivo en los siguientes países:

Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Croacia, Chipre, República Checa, Dinamarca (sin Groenlandia ni las Islas Feroe), Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia (sin los territorios de ultramar), Grecia, Hungría, Italia, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, Rumania, Suecia y Suiza.

Irlanda y el Reino Unido están por fuera del Acuerdo y en consecuencia, se deben realizar los trámites de visado exigidos por estos países.

Sobre los territorios de ultramar de Países Bajos: Curazao eliminó el requisito de visado desde el 1° de agosto de 2015, en tanto que Aruba anunció que lo eliminará una vez entre en vigor el Acuerdo.

¿Cuáles son los propósitos de visita permitidos por el Acuerdo?

Turismo, visitas a amigos o familiares, asistencia a eventos o participación en intercambios culturales y deportivos, reuniones de negocios, cubrimientos periodísticos o de medios de comunicación, tratamiento médico y estudios de corto plazo.

Recuerde que la exención del visado NO le permite llevar cabo ninguna actividad remunerada en ninguno de los países miembros del acuerdo, ni solicitar trabajo o residencia durante su estancia. Si desea trabajar o residir en alguno de los países miembros debe solicitar una visa o un permiso específico. Consulte la normativa del país al que desea viajar.

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