En una decisión de única instancia, la Sección Quinta del Consejo de Estado revocó las resoluciones del Consejo Nacional Electoral (CNE) que habían otorgado la personería jurídica al partido político En Marcha, liderado por el exministro del Interior Juan Fernando Cristo. El fallo marca el cierre definitivo del reconocimiento legal de esta colectividad, fundada en 2018.
🔍 Motivos de la decisión:
- El alto tribunal concluyó que En Marcha no cumplió con el requisito constitucional de obtener al menos el 3 % de los votos en las elecciones legislativas de 2022.
- Aunque participó en la coalición Alianza Verde Centro Esperanza, no inscribió candidatos propios, lo que impide atribuirle los 1.958.369 votos obtenidos por la alianza.
- Se desestimó la figura del “préstamo del aval”, utilizada por el CNE para justificar la elección de tres senadores supuestamente en representación de En Marcha, quienes en realidad fueron inscritos por el partido Alianza Social Independiente (ASI).
⚖️ Choque institucional: La decisión se da pese a una tutela previa de la Corte Constitucional que había ordenado proteger el debido proceso de En Marcha y emitir un nuevo fallo. Juan Fernando Cristo calificó la resolución como un “desacato” y anunció que acudirá a instancias internacionales para defender los derechos de la militancia.
📌 Efectos del fallo:
- La anulación tendrá efectos hacia el futuro (ex nunc), lo que significa que se preservan los actos realizados mientras la personería estuvo vigente, incluyendo avales en las elecciones territoriales de 2023.
- El fallo redefine el panorama político para movimientos que buscan reconocimiento legal a través de coaliciones, reafirmando que la postulación directa de candidatos es indispensable.



