Si perdió la cédula ya no será requisito en los vuelos nacionales

Según la nueva reglamentación de la Aeronáutica Civil número 00141, ante la pérdida del documento de identificación (cédula de ciudadanía, tarjeta de identidad o registro civil), los vuelos nacionales podrán hacerse presentando cualquier documento de una entidad gubernamental del estado.

Eso sí, las condiciones que debe tener dicho documento son: nombres y apellidos, número del documento de identidad y fotografía del titular, como el pasaporte, licencia de conducción, libreta militar o tarjeta profesional.

Aeronáutica Civil indicó que esta nueva reglamentación no modifica los requisitos de presentación de pasaporte.

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