La verdad del convenio y venta de Jorman Campuzano

Aquel juvenil y menudo futbolista aficionado que llegó a Pereira a los 18 años, nacido en Tamalameque (Cesar) sin mayor experiencia, para fortuna suya, lo recibió y acogió como si fuera su propio hijo Rubén Darío Marín, el mismísimo Jefe de Seguridad del Deportivo Pereira.
Esta empatía se dio luego de pasar las pruebas en unas veedurías efectuadas por el Deportivo Pereira a comienzo del 2016, con el técnico argentino Hernán Lissi a la cabeza. Quien realmente lo descubrió fue Erney Duque técnico de la Sub 20, ahora al servicio del Once Caldas.
Rubén Darío, desde que lo vio fijó sus expectativas en él con mirada clínica y se convirtió no sólo en su manager, sino en un verdadero padrino proveedor hasta de sus mínimos caprichos, como comida, guayos, y otros lujos, mejor dicho invirtió en él con los ojos cerrados, como si fuera el progenitor.
Marín enseña con agrado un poder autenticado donde el futbolista lo autoriza para negociar su futuro en el fútbol; su manager fue muy hábil, negoció con el Pereira 50% para el Club y 50% para el futbolista, es decir, se ganaron una lotería.
Hoy día Jorman David Campuzano Puentes con 21 años de edad, en casi un año militando con Atlético Nacional, el equipo de sus afectos desde niño, debutando en Copa Libertadores y vistiendo por primera vez la camiseta de la Selección Colombia Mayores en fecha Fifa, lo tienen mirando las estrellas.
Pese a que no es un goleador, actualmente se convirtió en uno de los futbolistas más apetecidos del futbol profesional colombiano, y además muchos equipos del exterior preguntan por él.
El limbo jurídico
Hasta ahí, es la historia deportiva, resumida y contada de forma romántica de un futbolista que tiene todo el futuro para triunfar; pero que su talento, las ofertas de lado y lado, entre ellas subir su salario a casi 100 salario mínimos, el contrato que lo amarra hasta mediados del 2019 con el Pereira y un convenio de préstamo con opción de compra con el Atlético Nacional hasta el 31 de diciembre del presente año, lo tienen en un limbo jurídico, que no dan fe en que terminará todo.
Su progreso en el fútbol ha sido casi que meteórico, en el Deportivo Pereira firmó su primer contrato en a mediados del 2016 por un salario mínimo, cuando comenzó a brillar firmó un segundo contrato a mediados de 2017 por dos años, le subieron por un poco más de dos salario mínimos; en la cláusula de rescisión del mismo quedó establecido que el Club que estuviera interesado en él, debe pagar una indemnización de dos millones de dólares para llevárselo.
Esta figura jurídica sobre la cual hay que aplaudir, se estableció dado que Corpereira (Deportivo Pereira), está sometida a una Liquidación Judicial desde hace casi cuatro años y ningún futbolista o activo se puede vender.
Es decir, lo que se busca con la cláusula es que no se pierda el patrimonio económico que hay sobre el futbolista, en caso tal que aparezcan jugosas ofertas, como está ocurriendo, ya que a la luz de la ley, los futbolistas no tiene propietario, y hoy día, el que quiere se libera y se vende solo, siempre y cuando no tenga contrato vigente; además la Asociación Colombiana de Futbolistas que lidera Carlos (Puche) González les brinda asesoría.
Es la misma figura que se utilizó con los futbolistas Leonardo Castro y Juan Camilo (Cucho) Hernández; vuelvo y repito, es una estrategia para aplaudir, así están suscritos todos los contratos en el Deportivo Pereira.
En otras palabras, los ingresos por estos tres futbolistas, hacen parte del patrimonio y activo de Corpereira, estos dineros están consignados en la cuenta judicial que posee el Juzgado Primero Civil Circuito de Pereira del Banco Agrario, y solo se pueden tocar si el Juez lo autoriza.
Vale la pena acotar que una vez se haga la publicitada subasta a la que será sometido el Deportivo Pereira, posiblemente en el primer semestre de 2019, los millonarios ingresos de los tres futbolistas mencionados hacen parte del activo que recibirá quien gane referida subasta y asuma el control del equipo.
El contrato de Campuzano
A finales del 2017, Hernán Lissi le recomienda el futbolista a su coterráneo y estratega de Atlético Nacional, Jorge Almirón; así las cosas teniendo en cuenta que Campuzano había firmado su segundo contrato con el Deportivo Pereira hasta mediados de 2019, fue necesario apelar a la figura de la cesión.
Es así como el 19 de enero de 2018 el Agente Liquidador de Corpereira -Jhon Omar Candamil y el presidente de Nacional, para la fecha Andrés Botero, suscriben junto con el futbolista un CONVENIO DEPORTIVO DE CESIÓN TEMPORAL ONEROSA DE DERECHOS CON OPCIÓN DE COMPRA, hasta el 31 de diciembre de 2018.
Por la cesión temporal del contrato, Nacional pagó la Pereira la suma de 150 millones de pesos, en otras palabras, el cuadro risaraldense concedió al futbolista una licencia no remunerada, para vincularse al equipo paisa hasta el 31 de diciembre del presente año.
Ahora bien si analizamos el contrato suscrito, la cláusula segunda señala la Opción de Compra bajo estos términos; (si Nacional decide comprar o negociar a Campuzano al futbol internacional, deberá pagar 500 mil dólares por la terminación anticipada de su vínculo laboral y para hacer efectiva la misma, deberá notificar al Pereira 30 días antes del vencimiento del convenio).
Aquí nace una buena pregunta, por qué el Liquidador Candamil, hizo el convenio por 500 mil dólares si en el contrato laboral había quedado estipulada una cláusula de rescisión de 2 millones de dólares.
Es decir, Nacional si quiere adquirir a Campuzano debe informar y pagar la indemnización máximo hasta el 1 de diciembre del presente año, pues quedó escrito 30 días antes de la terminación del convenio, que según el contrato es el 31 de diciembre de 2018.
En la parte final de esta cláusula, dice claramente que dicha comunicación debe ser autorizada por el juez de la Liquidación.
Aquí se presenta la mayor dificultad del negocio, dado que en audiencia judicial la Jueza Primera Civil del Circuito de Pereira, Olga Cristina García, tras solicitud de aprobación del negocio por parte del Liquidador, señala que no es posible aceptar la negociación por esa cuantía.
Apartes del Fallo:
“En la cláusula decima sexta se plasma una indemnización de dos millones de dólares ante la decisión unilateral de dar por terminado el contrato laboral y por otro lado aparece el convenio con Nacional, en la cual se determina el pago, de 500 mil dólares.
Analizados los presupuestos de esta solicitud entiende el despacho que el futbolista cedido hace parte del patrimonio de Corpereira y corresponde al despacho decidir sobre su suerte, de acuerdo con las facultades que me otorga el art 5 numeral 3 de la Ley 1116 de 2006.
Así las cosas teniendo que existe una gran diferencia entre el valor de la cláusula y el convenio, con una diferencia de un millón quinientos mil dólares, es decir que se estaría cancelando solo el 25% de la indemnización estipulada a favor de Corpereira, no se aprueba el valor estipulado por los clubes deportivos.
Lo anterior en razón de que se estaría lesionando en forma flagrante contra el patrimonio del deudor o los intereses de los acreedores, dado que Corpereira, está sometida a una Liquidación Judicial.
En su lugar se orden al Liquidador que la cifra a pagar por el futbolista sea la cifra más cercana a la establecida en la cláusula de rescisión, sin que sea menor al 65% de la misma”.
Estos son aparte de la audiencia judicial; lo anterior quiere decir que el Deportivo Pereira está sometido a una Liquidación Judicial y depende de las órdenes de un juez, y que el Agente Liquidador es sólo un auxiliar de la justicia que en últimas recibe órdenes, so pena de ser removido o sancionado.
Análisis de la orden judicial
Así las cosas el 4 de abril de 2018 el Gerente Liquidador de Corpereira, remite carta al Atlético Nacional informando la decisión del Juzgado, aclarándole que es la Jueza la directa encargada de autorizar el traspaso definitivo, y que por tal motivo la indemnización ya no será de 500 mil dólares sino de 1 millón 800 mil dólares.
El aumento de la cifra está dentro de la ley ya que la jueza textualmente como lo escribí anteriormente le autoriza al Liquidador a aumentar la indemnización para desvincular al jugador del Pereira, a una cifra cercana a los dos millones de dólares, no siendo menor del 65% (US$ 1.300.000); finalmente Candamil decidió cobrar (US$ 1.800.000)
Como se puede ver el Liquidador toma una decisión ajustad a la ley, la Jueza lo autoriza para renegociar la cifra, situación que no entiende el Atlético Nacional, ya que no es normal para ellos, ni para nadie que un Juez de la República tome las decisiones de fondo sobre un club de fútbol, en este caso Corpereira.
Según informa el Liquidador, recientemente Nacional consignó los (US$ 500.000), haciendo caso omiso a la orden del Juez y a la notificación de Corpereira efectuada desde abril del presente año; por su parte Deportivo Pereira, devolvió el dinero, aclarando tácitamente que la cifra establecida del convenio ya no tiene validez.
Lo último que conocí es que el mismo Campuzano sentó su posición y precio frente al Nacional, ya que él es dueño del 50% de su pase o derecho deportivo, se habla de una cifra cifra muy cercana a los 2 millones de dólares. Nacional en Junta tendrá que tomar una decisión, pues aquí prima la voluntad del futbolista por encima de todo.
Campuzano, aparte del 50%, también puede cobrar el 8% de la venta, según el Estatuto del Jugador de la Fedefutbol. Eso quiere decir que al Pereira sólo le entraría el 46% del negocio, ya que el 8% sale de la totalidad.
Qué puede pasar?
Como el futbolista con sus actuaciones se convirtió en una figura indiscutible, Nacional le está ofreciendo el oro y el moro si firma un nuevo contrato, además hay ofertas de México, Argentina y hasta de Europa, por mucho más de los dos millones de dólares de la cláusula. Hasta el momento su mánager Rubén Marín, no lo ha dejado firmar nada.
Ahora bien si no se ponen de acuerdo en la cifra y el negocio no se materializa, este tipo de litigios, lo dirime la recién creada Cámara Nacional de Resoluciones de Disputas, ya que en la Cláusula Décimo Novena del convenio, las partes aceptan someterse a los tribunales de la Federación Colombiana de Fútbol o en su defecto serán los árbitros del Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara del Comercio de Medellín.
Si bien la Cámara Nacional de Resoluciones de Disputas, tiene máximo cuatro meses para fallar, es preciso aclarar que las decisiones de este Tribunal deben ser ajustadas a derecho, es decir, no pueden pasar por encima de las órdenes del Juzgado encargado de la Liquidación Judicial de Corpereira. De entrada podríamos decir que D. Pereira tiene a su favor este litigio.
Aquí se configura una situación bien particular entre los dos clubes, la voluntad del futbolista, la decisión de un Juez de la República y una cláusula de rescisión millonaria, que viene ser la piedra en el zapato.
Lo cierto del caso es que se puede dirimir con la concertación de los tres actores del conflicto, (Campuzano, Pereira y Nacional), en su defecto será la Cámara de Resoluciones de Disputas, el Centro de Conciliación, o la justicia ordinaria a través de un juez laboral.
¡Amanecerá y veremos el desenlace!