La inscripción de candidatos

La inscripción de una candidatura a un cargo de elección popular que pretende jugar el próximo 27 de octubre es un acto jurídico, pero también político de mucha importancia.

En efecto, hay dos formas de inscribir una candidatura: 1) A través de firmas, tal como indica el artículo 28 de la Ley 1475 de 2011 concordante con la Resolución 1725 de 2019 expedida por la Registraduría Nacional del Estado Civil, cuyos requisitos de verificación de las firmas constituye un verdadero viacrucis para muchos candidatos, especialmente cuando el Registrador tiene algún interés político en su municipio, pues en este país todos los funcionarios tienen sus candidatos, que los muestran sin ningún pudor, o simplemente mueven sus hilos por debajo, ante los ojos viscos de los entes de control.

Hay mucha desconfianza con los funcionarios de la Registraduría Nacional del Estado Civil, especialmente en el procedimiento de verificación de las firmas y del aporte de la garantía de seriedad según los términos señalados en el artículo 4º, de la Resolución 1725 de febrero 28 de 2.019 y su elevado costo ante una compañía de seguros, cifra a veces inalcanzable cuando se trate de un candidato pobre.

La otra forma de inscribir una candidatura es a través del aval que expide el Partido , documento que en estos momentos es uno de los más difíciles de obtener, ya sea por demasiado rigorismo o porque se cocinan en el interior de esos partidos políticos, grandes intereses oscuros.

Se requiere entonces con urgencia que el gobierno nacional expida una reglamentación sobre este tema y que hoy está en manos de los Partidos Políticos y de la Registraduría Nacional del Estado Civil, entidades electorales donde se fabrican los hilos invisibles que mueven la política nacional.

De otra parte, conviene señalar aquí, que la inscripción del candidato es también un acto político de mucha importancia mediante el cual se mide el respaldo popular y el grado de apoyo que tiene en el electorado, de tal manera que si a ese evento concurre poca gente, el pueblo y los contendores políticos lo califican con una nota muy baja, en cambio, si se trata de una acto concurrido, colorido y ruidoso, seguramente que se percibirá como exitoso.

La recomendación es que el acto de inscripción produzca el impacto de una bomba de alto poder.

cuellofrancisco@gmail.com

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