DOSQUEBRADAS / Autoridades aclaran quién debe proteger los inmuebles desocupados tras la emergencia

La Alcaldía recordó que propietarios y administradores tienen responsabilidades sobre la seguridad de los bienes privados, mientras las autoridades mantienen las labores de prevención, vigilancia y atención en el territorio.

Dosquebradas. La desocupación temporal de edificaciones afectadas por la emergencia provocada por el terremoto abrió un nuevo frente de preocupación para la seguridad en diferentes sectores de Dosquebradas.

En algunos inmuebles que permanecen vacíos, con restricciones de uso o sin actividad permanente se han registrado hurtos e ingresos no autorizados, situación que llevó a la Administración Municipal a precisar las responsabilidades que corresponden a propietarios, administradores y autoridades.

La Secretaría de Gobierno explicó que, en el caso de propiedades horizontales y otros bienes privados, corresponde a sus propietarios o administradores adoptar las medidas internas necesarias para proteger las instalaciones, zonas comunes y bienes que permanecen dentro de los inmuebles.

Propietarios y administradores deben reforzar la seguridad

En las propiedades horizontales, la Ley 675 de 2001 establece funciones relacionadas con la administración, cuidado y vigilancia de los bienes comunes.

Por esta razón, decisiones como contratar vigilancia privada, reforzar los controles de acceso, cerrar determinadas áreas o implementar mecanismos adicionales de custodia corresponden a la administración, de acuerdo con las características y necesidades de cada inmueble.

Esta responsabilidad también aplica, según corresponda, a hoteles, establecimientos comerciales y otros inmuebles particulares que permanezcan temporalmente desocupados.

La emergencia y las restricciones de uso de una edificación no eliminan las responsabilidades de quienes tienen a su cargo la propiedad. Por el contrario, las condiciones de vulnerabilidad pueden hacer necesario reforzar las medidas preventivas.

Alcaldía y Policía mantienen presencia en el territorio

La secretaria de Gobierno de Dosquebradas, Melissa Carmona Gómez, señaló que las autoridades continúan realizando labores de prevención y vigilancia, pero aclaró que la seguridad permanente al interior de una propiedad privada no puede trasladarse exclusivamente al Estado.

“La Administración Municipal y la Policía continúan desarrollando labores de prevención, vigilancia y atención en el territorio. Sin embargo, la seguridad permanente al interior de un inmueble privado no puede trasladarse exclusivamente a las autoridades, porque allí también existe una responsabilidad directa de propietarios y administradores”, explicó la funcionaria.

Carmona hizo además un llamado a quienes tienen inmuebles desocupados para que revisen sus protocolos y fortalezcan las medidas de protección.

“Estamos invitando a los administradores y propietarios a revisar y fortalecer sus medidas de seguridad, especialmente en aquellos inmuebles que permanecen desocupados. La protección de estos espacios requiere corresponsabilidad y que cada actor cumpla el papel que le corresponde dentro de la ley”, agregó.

¿Qué ocurre con los bienes públicos?

La responsabilidad cambia cuando se trata de inmuebles de propiedad pública o bajo responsabilidad de una entidad estatal.

En estos casos, corresponde a la entidad competente adoptar las medidas necesarias para proteger las instalaciones y los bienes que permanecen en ellas.

Esto incluye, entre otros, instituciones educativas oficiales, hospitales públicos, parques, escenarios deportivos y sedes administrativas.

La Alcaldía señaló que la claridad sobre estas competencias busca evitar confusiones frente al alcance de la actuación institucional y, al mismo tiempo, fortalecer una respuesta coordinada frente a los riesgos que pueden presentarse en edificaciones temporalmente desocupadas.

En ese sentido, la prevención de hurtos y el cuidado de los inmuebles durante la emergencia requieren tanto la presencia y actuación de las autoridades como las medidas internas de protección adoptadas por quienes tienen a su cargo cada propiedad.

La Ley 1801 también establece competencias de Policía

La Ley 1801 de 2016, correspondiente al Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana, establece las competencias de las autoridades de Policía y contempla mecanismos para prevenir y atender situaciones que afectan la convivencia y la seguridad ciudadana.

La Administración Municipal reiteró que continuará con sus labores de vigilancia y prevención, mientras hizo un llamado a propietarios y administradores para que no dejen desprotegidos los inmuebles que permanecen temporalmente vacíos.

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