• Empleados públicos podrán estar en sus cargos hasta los 70 años

    Tanto el procurador como los magistrados, entre otros funcionarios, podrán permanecer en su cargo gracias a la Ley que aumentó la edad máxima de retiro forzoso.

    El presidente Juan Manuel Santos sancionó la Ley 1821, que decreta el aumento de edad máxima de retiro forzoso de 65 a 70 años de edad para las personas que desempeñan funciones públicas, ya se en régimen de carrera o de libre nombramiento y remoción.

    En ese orden, funcionarios como los magistrados, el contralor, el procurador, el defensor del pueblo y los notarios podrán mantenerse en el cargo por cinco años más.

    Esta norma establece que luego de cumplir la edad se “se causara´ el retiro inmediato del cargo que desempeñen, sin que puedan ser reintegradas bajo ninguna circunstancia”.

    Sin embargo, aclara que quienes quieran continuar en el cargo de manera voluntaria deberán seguir cotizando al régimen de seguridad social: salud, pensión y riesgos laborales, aunque hayan completado los requisitos para jubilarse.

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