DOSQUEBRADAS / Conceptos de la DIGER no son requisito exclusivo para tramitar reclamaciones de seguros

Para acreditar la ocurrencia del siniestro y los daños, ciudadanos y administradores de propiedad horizontal pueden presentar como soportes: informes técnicos particulares, actas, fotografías, videos, cotizaciones o facturas. Las aseguradoras podrán solicitar la documentación indispensable para estudiar cada caso, pero no exigir un concepto de la DIGER como única prueba.

Debido a la emergencia registrada en Dosquebradas, varias edificaciones y propiedades horizontales adelantan trámites relacionados con sus pólizas de seguros. Al respecto, la Alcaldía de Dosquebradas aclara

a la ciudadanía y a los administradores de propiedad horizontal del municipio que las compañías aseguradoras no pueden condicionar el trámite, el pago o la objeción de las pólizas a la presentación exclusiva de certificaciones o conceptos emitidos por la Dirección de Gestión del Riesgo, DIGER.

En ese sentido, la ocurrencia del siniestro y los daños pueden acreditarse mediante pruebas idóneas, como informes técnicos particulares, actas, fotografías, videos, cotizaciones o facturas. Si bien las aseguradoras pueden solicitar los soportes indispensables para estudiar cada caso, no pueden imponer un documento de la DIGER como única prueba ni exigir formalidades innecesarias que retrasen el trámite. Esta precisión también responde a la naturaleza del contrato de seguro, entendido como un negocio jurídico suscrito entre el tomador y la compañía aseguradora. Dentro de esta relación contractual, la Alcaldía de Dosquebradas no tiene injerencia y, por tanto, no define coberturas ni indemnizaciones.

Sobre el alcance de las funciones de la entidad

Johan Carreño, director de la DIGER, señaló: “La Dirección de Gestión del Riesgo cumple funciones de carácter preventivo, operativo y de seguridad civil para la atención de emergencias. Por esta razón, nuestros conceptos no constituyen un requisito de liquidación para contratos de seguros privados y no pueden ser establecidos como la única condición para que una aseguradora adelante el trámite correspondiente”.

En consecuencia, la demora o ausencia de un trámite ante la Alcaldía no suspende los plazos legales que tienen las compañías aseguradoras para responder a los ciudadanos. Con esta claridad se busca proteger el principio de buena fe y los derechos de los consumidores financieros del municipio.

Finalmente, con esta claridad, se busca orientar a ciudadanos y administradores de propiedad horizontal frente a los trámites con sus compañías aseguradoras, diferenciando las funciones de la DIGER de las obligaciones propias de los contratos de seguro y facilitando que cada proceso avance con los soportes que corresponda

Dato de interés:

Actualmente Dosquebradas cuenta con más de 250 propiedades horizontales en el municipio..

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