Cámara de Alimentos de la ANDI alerta sobre los riesgos del nuevo proyecto de resolución de etiquetado de Ministerio de Salud

La Cámara indica que esta regulación no contempla el impacto futuro en la industria de alimentos, ni la evidencia científica.
Los empresarios del sector invitan al Ministerio de Salud a concertar mesas de trabajo para realizar un análisis exhaustivo de la medida y se tengan en cuenta variables que pueden afectar el funcionamiento de 51.200 empresas que hacen parte del sector.

Bogotá, abril de 2026.
 La Cámara de la Industria de Alimentos de la ANDI manifiesta su profunda preocupación ante el proyecto de resolución del Ministerio de Salud que busca derogar la Resolución 810 de 2021 para implementar un nuevo marco normativo de etiquetado frontal y nutricional, ya que resulta completamente inconveniente para el país por los efectos en imposición de cargas técnicas y económicas que podrían afectar la estabilidad del sector, compuesto por 51.200 empresas, un 98,5 % de ellas micro y medianas empresas, impactando el sustento de miles de trabajadores que laboran diariamente para garantizar el abastecimiento de los colombianos.Existen varios puntos críticos en este nuevo proyecto: el primero de ellos tiene que ver con la falta de respuesta del Ministerio frente a la petición de la ANDI de convocar mesas de trabajo para evidenciar el impacto negativo que tendría esta medida y la falta de evidencia y rigor científico para la adopción de la misma.El análisis realizado por la Cámara indica que este proyecto crearía una inestabilidad jurídica y técnica para la industria e implicaría la adopción de un obstáculo técnico para el comercio para el cual no están debidamente sustentados los requisitos que exigen tanto la Organización Mundial del Comercio como la Comunidad Andina, ya que el cambio obligaría a rediseñar las etiquetas de la totalidad de los alimentos empacados en el país, forzando trámites masivos ante las entidades regulatorias como el INVIMA e introduce conceptos anti técnicos sobre productos “ultraprocesados”, creando nuevos sellos de advertencia sin la evidencia científica robusta que los respalde.

El proyecto de resolución aborda varios temas sensibles como: i) crear una definición que no existe en ninguna regulación del mundo en torno a ultraprocesados;, (ii) obligar a incluir una «ADVERTENCIA ULTRAPROCESADO» para quienes empleen al menos un aditivo “químicos y/o biotecnológicos industriales” o cosmético. (Iii) se crean los microsellos para empaques pequeños; prohibiendo el uso de códigos QR que incluso está referido en las normas del Codex Alimentarius (iv) cambian reglas visuales para tablas nutricionales; (v) amplían las restricciones de declaraciones en salud para cualquier alimento que tengas sellos de advertencia; (vi) establece una transición de seis meses una vez publicada en el Diario Oficial, siendo que los cambios son tan de fondo que las empresas tendrán que rehacer la totalidad de sus etiquetas, pedir agotamiento de las mismas y desarrollar los cálculos y realizar el diseño e impresión de las mismas. De igual forma, la Cámara ha calificado las restricciones como desproporcionadas, ya que el proyecto endurece las limitaciones para realizar declaraciones en salud en productos con sellos y endurece reglas visuales para tablas nutricionales y microsellos en empaques pequeños.

«Este nuevo reglamento técnico no está debidamente justificado, se hace sin la evidencia científica que debe soportar un cambio tan profundo como éste. Es fundamental que el Gobierno escuche a quienes producen los alimentos en Colombia; ya que no se ha medido el impacto real de esta medida en las empresas. Esta medida afectará a la industria de alimentos, y generará costos adicionales innecesarios en la producción y abastecimiento de alimentos para los colombianos», afirmó Camilo Montes, director Ejecutivo de la Cámara de la Industria de Alimentos de la ANDI.El Ministerio de Salud decide hacer este cambio a pesar de que Colombia ya cuenta con un modelo de etiquetado frontal, regulado mediante Resoluciones 810 de 2021, y modificadas recientemente mediante la Resolución 2492 de 2022 y la Resolución 254 de 2023.

En menos de 3 años de la más reciente modificación el Ministerio de Salud pretende derogar este marco normativo y emitir una nueva resolución, sin haber hecho la evaluación ex post que requiere la normativa colombiana (Decreto 1074 de 2015 modificado por Decreto 1468 de 2020) y en completa contravía de las buenas prácticas de regulación a las que se comprometió nuestro país con la OCDE y que el Departamento Nacional de Planeación ha consignado en sendas guías.

La Cámara de la Industria de Alimentos de la ANDI hace un llamado al tejido empresarial del sector conformado por empresas de todos los tamaños, pero también a comercializadores, importadores, científicos, académicos, entre otros actores para que analicen el borrador de resolución publicado por el Ministerio y hagan comentarios directamente al Ministerio de Salud, teniendo en cuenta la afectación que esta medida genera para el país, antes del 6 de mayo, en el siguiente link:https://www2.minsalud.gov.co/Paginas/Norm_ProyectosRes.aspx

¡Compartelo! 😃

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Scroll al inicio