Confirman sanción a ARGOS por conformación de cartel del cemento

Mediante Sentencia del 9 de agosto de 2018, el Consejo de Estado confirmó la sanción impuesta a ARGOS y a su representante legal JOSÉ ALBERTO VÉLEZ CADAVID por la Superintendencia de Industria y Comercio, mediante Resolución No. 51694 del 4 de diciembre de 2008, confirmada por la Resolución No. 0091 de 2010, por haber conformado, junto con CEMEX y HOLCIM, un cartel empresarial en la modalidad de paralelismo consciente para fijar los precios del cemento gris Pórtland tipo 1 entre junio y diciembre de 2005, así como para repartirse dicho mercado durante el mismo periodo en Colombia.

El caso sancionado por la Superindustria

Durante la investigación, la Superintendencia de Industria y Comercio encontró plenamente probado, entre otras cosas, que: (i) los precios presentaron un comportamiento paralelo entre junio y diciembre de 2005 y reacciones simultáneas en proporciones similares al final de dicho periodo; y (ii) existe suficiente evidencia del intercambio de información y las reuniones que llevaban a cabo tanto los representantes legales como los responsables del área comercial, lo cual propició la colusión o cartelización entre ARGOS, CEMEX y HOLCIM.

Así mismo, la Superintendencia de Industria y Comercio encontró probado que existió un acuerdo cartelista entre ARGOS, CEMEX y HOLCIM para repartirse el mercado de cemento gris Pórtland tipo 1 a nivel nacional de junio a diciembre del 2005.

Esta conclusión tuvo como fundamento: (i) el comportamiento estable de las participaciones de mercado de estas empresas; (ii) el intercambio de información detallada y desagregada de los despachos nacionales de cemento gris; (iii) el abastecimiento efectuado a CEMEX por parte de sus competidores en un escenario de “guerra de precios”; (iv) el reconocimiento de inexistencia de competencia entre ARGOS, CEMEX y HOLCIM y; (v) la existencia de un comportamiento concurrente entre los investigados, facilitado por el intercambio de información, las reuniones de los representantes legales y responsables del área comercial y los demás elementos facilitadores que habrían propiciado una colusión o cartelización entre ARGOS, CEMEX y HOLCIM.

Por lo anterior, mediante la Resolución No. 51694 del 4 de diciembre de 2008, la Superintendencia de Industria y Comercio sancionó la conducta de ARGOS, CEMEX y HOLCIN, decisión que fue confirmada íntegramente por el Consejo de Estado.

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