El inciso final del artículo 122 de la Constitución Política, modificado por el Acto Legislativo 01 de 2009 establece que no podrán ser inscritos como candidatos a cargos de elección popular, ni designados como servidores públicos, a quienes hayan sido condenados, en cualquier tiempo, por delitos de lesa humanidad y otras conductas relacionadas con el narcotráfico y apoyo a grupos armados ilegales, tales como los indicados en los artículos 159, 340, 345, 375, 376 y 382 del Código Penal.

La lesa humanidad la define el Consejo de Estado, en Sección Tercera, sentencia de septiembre 17 de 2013, Magistrado Jaime Orlando Santofimio, como “aquellos actos adversos que niegan la existencia y la vigencia de los Derechos Humanos en la sociedad al atentar contra la dignidad humana por medio de acciones que llevan a la degradación de la condición de las personas, generando así no solo una afectación a quienes físicamente han padecido tales actos, sino que agreden a la conciencia de toda la humanidad”.
Por su parte, la doctrina (Jesús Orlando Gómez López) lo ha explicado en los siguientes términos: “Los crímenes contra la humanidad podrán ser ejecutados en conflicto internacional, al interior de un conflicto interno o en tiempo de paz, y aún en un conflicto mixto de conflicto armado interno y externo, contra servidores públicos o contra particulares o miembros de la población civil, pudiendo ser integrantes de grupos nacionales, étnicos, religiosos (o sociales en nuestra legislación interna)”.
Ahora bien, los elementos para que se configure este delito según lo ha señalado el Consejo de Estado, Sección Tercera, Auto de septiembre 17 de 2018 son: i)Que se dirija contra la población civil y ii)En el marco de un ataque generalizado o sistemático. Un ejemplo de tales delitos son la desaparición forzada, el desplazamiento forzado y el delito de concierto para delinquir agravado.
Desde luego que tales circunstancias deben estar debidamente comprobadas en una sentencia penal ejecutoriada. Sin embargo, más que la demostración de su inocencia queda la sospecha incómoda para un candidato aparecer como buena gente cuando lo señalan de haber participado en estos actos delictivos. Pero, locos es lo que hay en esta granja política, como diría el novelista George Orwell.


