Guerra azul: prima interés del Directorio Departamental

partido_conservadorPor: ÁLVARO RODRÍGUEZ HERNÁNDEZ /

La aguda discrepancia electoral  que se registra en Risaralda en el seno del partido conservador, tuvo otro interesante capítulo de su novela.

Esta vez, emitió concepto la DNC en carta dirigida a la presidenta del directorio departamental, Marta Lucía Montes, donde dice que todo lo actuado por los directorios municipios debe estar reglado con base en los estatutos y aprobado por el directorio departamental.

Así se contempla en el escrito cedido a RISARALDAHOY.COM por el congresista conservador, Juan Carlos Rivera Peña, donde hace claridad acerca del asunto con “dejar en libertad a sus seguidores para escoger candidato a la alcaldía de Pereira”.
El texto oficial del documento, es el siguiente:

Dra. Marta Lucía Montes:
Presidenta del Directorio Departamental de Risaralda.

Con respecto a la solicitud de concepto acerca de si el Directorio Municipal de Pereira puede o no declarar la libertad para que militancia conservadora de la ciudad para votar por el candidato que prefieran, le comento lo siguiente:

1.       El Partido tiene abierto un proceso de inscripciones internas que va hasta el 30 de abril. Está prevista la posibilidad de cierre anticipado de inscripciones para gobernaciones y alcaldías de ciudades capitales, pero esta debe ser autorizada por el Presidente del Partido. Si no se ha cursado aún esta decisión por parte del Presidente, mal podría tomarse una decisión anticipada acerca de no presentar candidato para la alcaldía de Pereira sin haberse cerrado el período de inscripciones.

2.       La figura de libertad para votar por el candidato que la militancia prefiera no existe en los Estatutos del Partido ni en ninguna otra norma reglamentaria interna. En el pasado se ha autorizado libertad a la militancia en alguna circunscripción particular  y en circunstancias particulares, que parten de los hechos que el Partido no tenga candidato propio y que no se interfiera las conveniencias del Partido con respecto a otras candidaturas. Cualquier decisión de un directorio de no presentar candidato propio por el Partido, o de dejar en libertad a la militancia, debe ser aprobada por el Directorio Nacional.

3.       Es política del Partido hacer alianzas gobernación-alcaldías capitales para las elecciones regionales de 2015, como estrategia que aumentar las posibilidades del Partido.

4.       El artículo 27 de los Estatutos establecen que en caso de conflicto entre la un directorio departamental y uno municipal, prima el interés departamental. Cuando se presentaren conflicto entre dos directorios de diferente jerarquía, prevalece el criterio del directorio de jerarquía superior.

5.       Las alianzas en apoyo de otros candidatos están regladas en la resolución del Directorio Nacional N° 005 del 5 de febrero del 2015, la cual en el artículo 21, establece como se deben tomar las decisiones de alianza, así:

Cuando la alianza es para que un candidato del Partido reciba el apoyo de otros partidos, deben ser aprobadas por la mitad más uno de los miembros  del directorio. Cuando la alianza es para apoyar a un candidato de otro partido o movimiento político, la alianza debe ser aprobada por las dos terceras partes de los miembros del respectivo directorio. La decisión de dejar en libertad es una decisión “aumentada” de la decisión de apoyar a candidatos de otros partidos.

6.       El numeral 1 del artículo 45 de los Estatutos, recogido en el artículo 20 de la Resolución del Directorio Nacional 005 del 2015, reglamentaria de los procedimientos para escoger candidatos, le confiere al Directorio Nacional la facultad de obrar como tribunal de última instancia para resolver las divergencias que pudieren presentarse en los directorios municipales y departamentales.

7.       Los directorios departamentales deben emitir concepto al Directorio Nacional acerca de las decisiones de los directorios municipales en materia de candidaturas para las elecciones regionales de 2015. El Directorio Nacional decide partiendo de la decisión del directorio municipal, previo concepto del respectivo directorio departamental.

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